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Peligros
Legales para los Medios
(La siguiente información ha sido preparada por
Contacto News Service como un servicio útil para editores
y reporteros de los medios de comunicación en español
de Estados Unidos, pero en ningún momento esta información
pretende sustituir el trabajo de abogados y expertos legales
en el tema. Si su medio de comunicación se encuentra
ya en medio de una demanda judicial por difamación,
libelo, invasión del derecho a la vida privada o violación
de la ley de derechos de autor y propiedad intelectual, consulte
a un abogado especializado inmediatamente).
Las demandas judiciales por concepto de difamación,
libelo, invasión del derecho a la vida privada y violación
del derecho de autor y propiedad intelectual constituyen el
peligro más grave para los medios de comunicación
social de Estados Unidos, después de la insuficiencia
de fondos para mantenerse vivos. El asunto es que una demanda
judicial por lo anterior, podría dejar sin fondos a
cualquier medio.
La mejor manera de evitar demandas judiciales es conocer la
ley y ejercer el periodismo de manera ética y profesional.
No hay contradicción alguna
entre el ejercicio serio de la profesión y el cumplimiento
de la ley. Como decía el prócer mexicano Benito
Juárez, "el respeto al derecho ajeno es la paz".
Difamación y Libelo
Difamación y libelo son conceptos legales que protegen
a los ciudadanos de calumnias, falsos testimonios, exposición
pública humillante y otros perjuicios graves. Cualquier
información falsa sobre un ciudadano podría
provocar una demanda de éste contra el medio de comunicación
que la divulgó. Por ello, los medios tratan de investigar
la seriedad de una acusación contra terceros y sin
pensarlo dos veces, ofrecen al acusado la oportunidad de defenderse.
Por supuesto, alguien que haya sido expuesto, por ejemplo,
a un caso de corrupción sobre el cual el medio informativo
posee todas las pruebas, tiene muy pocas oportunidades de
triunfar a través de una demanda contra el medio. Aun
así, el medio tiene la obligación de dar a ese
individuo o a su abogado la oportunidad de exponer su propio
punto de vista sobre los hechos. No hay que olvidar que el
sistema judicial de Estados Unidos define que toda persona
acusada de un delito, libre o arrestada, es inocente hasta
que un jurado o tribunal lo declare culpable.
Muchos medios operan de manera conservadora para protegerse
de demandas. Por ejemplo, esperan a que haya información
oficial sobre un caso (arresto, demanda, proceso judicial),
porque al existir información oficial el caso pasa
a ser de dominio público, y todo lo que es de dominio
público (public record), definido por lo que se encuentra
en actas policiales y judiciales, es de importancia para la
sociedad y por tanto se puede informar sobre ello. No obstante,
los medios utilizan un vocabulario muy cuidadoso, atribuyendo
las acusaciones a oficinas fiscales, abogados y organismos
policiales. Después, intentan comunicarse con el perjudicado
o su abogado para que se conozca la otra cara de la moneda.
Aun así utilizan frases cuidadosas como "el presunto
autor de...", "el supuesto violador" o "fulano
de tal, acusado por la procuraduría federal de..."
A finales de los 90 tuvo gran repercusión el caso del
deportista O.J. Simpson, acusado de asesinar a su ex esposa
y al novio de ésta. Mucha gente creyó que Simpson
era culpable, pero el jurado lo declaró inocente. Recientemente
ocurrió lo mismo con la estrella de pop Michael Jackson,
acusado de violar a menores de edad. Igualmente fue declarado
inocente.
Invasión del Derecho a la Vida
Privada
Los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de su vida privada.
Revelar la vida privada de un ciudadano sin causa justificada
es un delito. Sin embargo, cuando una persona se involucra
en un suceso público (accidente, arresto, proceso judicial,
campaña política, acto terrorista, desastre
natural) pierde su derecho a la vida privada, al menos temporalmente.
Hace décadas, en el sur de Estados Unidos, un niño
fue atropellado por un vehículo. Una foto presentaba
el momento en que el niño era trasladado a una ambulancia.
Apareció en muchos periódicos. Años después,
una revista publicó un artículo sobre los accidentes
que afectaban a los menores, y utilizó la foto del
niño atropellado. La familia demandó a la revista
y ganó el caso. Un tribunal subrayó que en su
momento el accidente había sido de interés público,
pero años después exponer al niño accidentado
públicamente, otra vez, violaba su derecho a la vida
privada. La revista debió indemnizar a la familia del
menor. El caso sentó precedente a nivel judicial.
Las figuras públicas como políticos, artistas
y deportistas están sujetas al escrutinio de los medios
de comunicación constantemente. Esto se debe a que
sus actividades son de interés público, especialmente
las de los políticos, quienes reciben salarios vía
impuestos ciudadanos y deben rendir cuentas.
Sin embargo, las figuras públicas, incluidos los políticos,
están igualmente protegidas contra la difamación
y el libelo. Cualquier artista, deportista o político
puede demandar a un medio de comunicación si éste
divulgó una calumnia o un falso testimonio que afecte
su vida y/o su carrera profesional.
Derechos de Autor y Propiedad Intelectual
Los medios de comunicación y los periodistas independientes
son dueños de los derechos de autor y de la propiedad
intelectual de los trabajos que producen. Robar un artículo
periodístico o una fotografía propiedad de un
medio, de un periodista o de un fotógrafo es un delito.
El perjudicado puede recabar hasta 100 mil dólares
en fondos por daños y perjuicios, a través de
una demanda judicial.
Generalmente, los medios de comunicación son dueños
del material que divulgan si éste fue hecho por alguna
persona empleada por ese medio con un salario, o un independiente
(freelance) designado para hacer tal trabajo mediante un acuerdo.
En inglés ese concepto se conoce por el nombre de "work-for-hire".
También son los dueños absolutos de los trabajos
hechos por independientes, siempre que compren a éstos
"todos los derechos reservados".
Sin embargo, los periodistas y fotógrafos independientes
que venden sus trabajos a los medios para su uso sólo
cierta cantidad de veces, son los dueños de la propiedad
intelectual de ese trabajo específico. La relación
entre medios y profesionales independientes se define por
una serie de derechos establecidos por la ley, por ejemplo,
todos los derechos, derechos de primera publicación
en un país y/o región específicos o en
un idioma, derechos de publicación simultánea,
derechos de reproducción (segunda o tercera vez) y
los más modernos derechos de publicación online
(en Internet). La ley define que si un trabajo producido por
un independiente y publicado en un medio no está sujeto
a ningún acuerdo verbal o escrito, el independiente
conserva los derechos y es el propietario intelectual de ese
material.
Existen otras fórmulas de entendimiento entre los medios
y los profesionales independientes, fijadas en contratos y
acuerdos específicos. Como en cualquier otro procedimiento
legal, ningún contrato o acuerdo puede contravenir
lo establecido por la ley.
La ley establece que cualquier persona que escriba algo o
le tome una foto a algo o a alguien, es ya el propietario
intelectual de ese hecho periodístico, artístico
o literario. Lo normal es registrar los trabajos propios en
la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, pero no tener
un trabajo propio registrado en esa institución no
elimina el derecho de autor ni la posesión de la propiedad
intelectual. Sólo que al no tener el trabajo registrado
se necesitan más pruebas para demostrar que el trabajo
es propio. (Fin de "Peligros Legales para los Medios")
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